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01 marzo 2023

Asesor fiscal: El cambio en Hacienda por el que se permitirá aplazar deudas de hasta 50.000 euros sin necesidad de aportar garantía

Se elevará por parte del Departamento de Recaudación de la Agencia Tributaria el límite de la obligación para aportar garantías en las solicitudes de deudas tributarias en cuanto al aplazamiento o fraccionamiento de estas. Así, se podrá gracias a esta modificación tanto retrasar como fragmentar el pago de deudas hasta 50.000 euros, lo que implica una subida de 20.000 euros. Todo ello se podrá realizar sin tener que dar explicación o tener una obligación de aportar garantías o avales al fiscal.

Se ha llevado a cabo esta modificación debido a la orden ministerial de Hacienda que entrará en vigor el próximo 15 de abril, aunque su entrada será sin efectos retroactivos, lo que supone que solo afecta a los aplazamientos a partir de dicha fecha.

Además, aunque todavía no se haya determinado el importe de deuda señalado, se podrá acumular tanto el pasivo al que se refiera la solicitud como el resto de obligaciones del mismo deudor que se hayan solicitado y no se hayan resuelto.

Dicha norma se realiza en un momento en el que, debido al contexto económico, las diferencias y los cambios entre los sectores de actividad y el incremento de los precios además de los efectos que perduran de la pandemia Covid-19.

Esta norma incluye además las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento de pago de las deudas gestionadas por la Agencia Tributaria y por los órganos de la Hacienda Pública estatal, así como los tributos estatales cedidos a las comunidades autónomas.

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